tag:blogger.com,1999:blog-37081064.post6865252317680748524..comments2018-05-25T11:13:55.122+02:00Comments on Blog de Juan Parralejo: Participaciones preferentes, no tan preferentesJuan Parralejohttp://www.blogger.com/profile/11508986223523113993noreply@blogger.comBlogger3125tag:blogger.com,1999:blog-37081064.post-91105596464746147772012-03-29T09:31:25.817+02:002012-03-29T09:31:25.817+02:00Marcos, Sómo se nota que dominas el tema. Eres un ...Marcos, Sómo se nota que dominas el tema. Eres un crackJuan Parralejohttps://www.blogger.com/profile/11508986223523113993noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-37081064.post-83757643341639912072012-03-28T20:26:13.466+02:002012-03-28T20:26:13.466+02:00Efectivamente se han empleado métodos poco éticos ...Efectivamente se han empleado métodos poco éticos y ni las entidades financieras, ni los órganos reguladores han cumplido con sus obligaciones de información y transparencia, especialmente de cara a los pequeños ahorradores y, en definitiva, a los consumidores de este tipo de productos. <br /><br />Pero si bien las entidades financieras no tienen por costumbre regirse por métodos éticos, al menos nuestro ordenamiento jurídico contemporáneo se ha dotado de normas como son la Ley del Mercado de Valores y la de Defensa de los Consumidores y Usuarios que sí que imponen a las entidades financieras unas normas de conducta (sólo el art. 79 bis de la LMV – obligaciones de información – tiene 8 apartados…) entre las que se encuentra el deber de informar de forma imparcial, clara y no engañosa o de informar de los riesgos previsibles, normas que también han sido burladas continuamente y que han permitido a las entidades financieras colocar productos de alto riesgo (ya sean participaciones preferentes, swaps, bonos en Islandia o incluso en Lehman Brothers a las puertas del crack…) de forma impune y sin piedad de los pequeños ahorradores. Seguramente, la falta de intervención del Banco de España o de la CNMV, tal y como comentas, tengan buena parte de culpa de los incumplimientos de bancos y cajas y de las continuas infracciones de las normas de conducta.<br /><br />Pero afortunadamente, los contratos bancarios que tanto han vinculado a esos pequeños ahorradores también están sometidos a los principios generales de la formación y validez de los contratos, y, especialmente, a lo que nuestra tradición jurídica consensual llama la autonomía de la voluntad de las partes, lo que se traduce en que no hay contrato sin consentimiento de los contratantes, que es donde quería llegar después de todo este rollo. <br /><br />Y es que en los últimos meses están proliferando numerosas sentencias de diferentes audiencias provinciales (Barcelona, Murcia, Badajoz, Valladolid, Burgos, Asturias) que, en casos como el expuesto, han declarado la nulidad del contrato bancario del producto de alto riesgo en cuestión y la devolución de las cantidad depositada por el pequeño ahorrador, fundamentándose en la falta de diligencia por parte de las entidades financieras en la aplicación de las normas de conducta impuestas a cajas y bancos, y en que a resultas de ello el pequeño ahorrador no ha podido dotarse de los elementos necesarios para prestar su consentimiento sin error, lo que constituye un claro vicio del consentimiento que en los casos de personas mayores, ahorradoras, y sin perfil de inversor, se trata de un error que no podía ser subsanado.<br /><br />Banco de España, CNMV o los organismos a los que correspondiera, han fracasado en la gestión de estos productos de cara a muchos ciudadanos, pero, al menos, siempre nos quedarán los resquicios existentes en nuestro ordenamiento jurídico que a veces nos permiten velar por nuestros derechos.Marcos García Lunanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-37081064.post-43941914016587288512012-03-25T12:30:05.136+02:002012-03-25T12:30:05.136+02:00valiente decisión partiendo desde el ámbito políti...valiente decisión partiendo desde el ámbito político, aunque debería ser la actitud normal de nuestros representantes, que parece que deben tanto a la banca que sólo velan por los intereses del sistema financierojotaaburgmannoreply@blogger.com